Otros contratos

Nulidad de contrato de inversión financiera de acciones


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 08-04-2016
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Otros contratos
  • Número: 8996
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Banca, Buena fe, Cotización, Cumplimiento de las obligaciones de información en el Ofrecimiento de participaciones preferentes., Desistimiento, DOCTRINA DE LOS ACTOS PROPIOS, El Banco de España, Enriquecimiento injusto, Error en el consentimiento, INFORMACIÓN, Los vicios del consentimiento, Nulidad, Obligaciones de información, participaciones preferentes, VICIOS DEL CONSENTIMIENTO

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 19-07-2011

Esther lleva más de veinticinco años confiando en BANCO S.A.

En verano de 2011 vence un plazo fijo que tiene y recibe una llamada de una empleada de la sucursal en la cual se le ofertan acciones asegurando en todo momento que van a tener una rentabilidad segura y que su lanzamiento al mercado deriva de la buena situación económica que BANCO S.A y su matriz tenía en ese momento.

Dado el alto grado de confianza que había venido depositando en la sociedad mercantil, el 19 de Julio de 2011 compra 2.666 acciones por un importe total de 9.997,50 euros.

Si bien su banco le había asegurado que iba a ser una inversión fructífera -ya que salían a muy buen precio y subirían en su cotización- a los pocos meses de su adquisición no ve apenas rendimientos.

De este modo -y a partir de la información que aparecía en los medios de comunicación-, Esther, viendo los resultados que presentaba su inversión, antes de continuar perdiendo más dinero dio orden de venta de sus   títulos el 17 de enero de 2013   recuperando tan solo 1.678,83 euros de los 9.997,50 euros invertidos (pérdidas de 8.318,67 €).

Fruto de un sentimiento de engaño y, tras haber visto ignoradas sus peticiones extrajudiciales de declarar nulo el contrato, en Mazo de 2015 acude a los tribunales instando una acción de nulidad contra el referido contrato suscrito en 2011 ya que fue consecuencia de un error derivado de la información ofrecida por BANCO S.A

Viendo Esther su pretensión conseguida -y declarado nulo el contrato-, BANCO S.A sigue manteniendo que la redacción de la inversión era claramente accesible y que la auditoría de su situación era real por lo que, al no estar conforme decide apelar la decisión que favorece a Esther judicialmente.

Sin embargo, en el transcurso de la apelación BANCO S.A es advertido de que, en pronunciamientos relativos a otros clientes no se han estimado los argumentos en los que se basa ya que no tienen sentido. De este modo, tras la oposición de Esther -y antes de que se resuelva el recurso- BANCO S.A medita y solicita desistir de la petición allanándose a la primera resolución.



Objetivo. Cuestión planteada.

Esther quiere ver declarado nulo el contrato que suscribió en Julio de 2011 con los efectos restitutorios que la nulidad conlleva consecuencia del manifiesto engaño de su banco de toda la vida ofreciéndole un producto en un contexto económico “envidiable y de bonanza” que realmente no acompañaba al banco.



La estrategia. Solución propuesta.

La defensa letrada de Esther gira toda su demanda en demostrar que concurren los elementos exigidos jurisprudencialmente para la apreciación del error esencial que permite instar la nulidad del contrato; a saber: error esencial, no imputable y no excusable.

El abogado demuestra que la ocultación de información de BANCO S.A indujo a Esther a  la firma de un contrato bajo una representación mental inexacta de una situación "ideal" financiera de la entidad y que, de haberse conocido la realidad, nunca se habría firmado dicho documento.



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