Contrato de Trabajo

Reclamacion por un extranjero de la prestacion por desempleo del Estado Español


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 14-04-2011
  • Materia: Derecho Social
  • Especialidad: / Derecho Social / Contrato de Trabajo
  • Número: 5015
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Extranjería, PRESTACIONES NO CONTRIBUTIVAS, Reclamación de cantidad
Descripción:
Sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid


SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 06-09-2010
Don Juan esta percibiendo las prestaciones por desempleo. El 11 de Mayo de 2009 se ausento del territorio nacional sin comunicacion a la Entidad Gestora, trasladandose a su pais natal, Ucrania, en el que permanecio hasta el 4 de Septiembre de 2009. 

Por resolucion de 22 de Junio de 2010 se acuerda la extincion de las prestaciones y el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas y que ascienden a 3110,14 euros.
 
El 19 de Julio interpone reclamacion previa resuelta el 6 de Septiembre de 2010.
 
El actor que se desplazo a Ucrania admeas de contraer matrimonio, realizo un curso de formacion en un proceso selectivo para puesto de economista en banca, presento su curriculum para un puesto de trabajo de Vigilante de Seguridad en un Jardin Botanico que le fue denegado con fecha de 29 de Junio de 2009, y aspiro a un puesto de trabajo como traductor de español que le fue denegado el 14 de Julio de 2009.


Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es Don Igor y pretende que se le restaure en sus prestaciones


La estrategia. Solución propuesta.
El abogado de Don Igor va alegar que segun la legislacion española para suspender a un trabajador de las prestaciones recibidas en estas condiciones es necesario que cambie de residencia con caractr habitual, permanente y continuo. Esto no se produce en este caso, por lo que no le es aplicable dicha suspension


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