Propiedad Intelectual e Industrial

Propiedad Intelectual. Acción de nulidad por riesgo de confusión de marca registrada de un producto farmacéutico.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 09-09-2010
  • Materia: Derecho Mercantil
  • Especialidad: / Derecho Mercantil / Propiedad Intelectual e Industrial
  • Número: 4563
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Marcas, PROPIEDAD INTELECTUAL, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Barcelona, 20-01-2009

El laboratorio MM es titular de la marca comunitaria "X" del medicamento que lleva este nombre y es indicado para personas. El laboratorio HH es titular de la marca española de denominación muy similar "Y", medicamento indicado para animales.

El laboratorio MM interpuso demanda de nulidad y cancelación del registro de la marca española "Y" del Laboratorio HH por riesgo de confusión y riesgo de asociación que hace imposible la convivencia pacífica de ambas marcas en el mercado.

La demanda fue desetimada en su totalidad tanto en Primera Instancia como en Segunda Instancia.


Objetivo. Cuestión planteada.

El cliente es el Laboratorio demandado HH titular de la marca "Y" y su objetivo es defender su marca, ya que el medicamento de marca "X" de la parte demandante tiene como destino la salud humana, mientras que el medicamento atacado de marca "Y" tiene como destino la salud animal y se dispensa en farmacias o centros especializados, lo que demuestra, según el cliente, que no existe el riesgo de confusión.


La estrategia. Solución propuesta.

El abogado, representante de la marca atacada "Y", debe demostrar que no existe un riesgo de confusión que justifique la declaración de nulidad de la misma. La estrategia es demostrar que, al tener destinos diferentes (salud humana y salud animal) y dispensarse en farmacias o centros especializados, no es posible que el consumidor final confunda uno por otro porque se obtienen mediante un profesional y para fines distintos, no son sustituibles entre ellos.


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