Adquisición de la herencia

Sucesión testada. Otorgamiento de escritura de disolución de gananciales, manifestación y aceptación de herencia.




  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Sucesiones / Adquisición de la herencia
  • Número: 2214
  • Tipo de caso: Caso Extrajudicial
  • Voces: ACEPTACIÓN DE HERENCIA, ADJUDICACIÓN DE BIENES, Cuenta bancaria, Cuentas corrientes o de ahorro, DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES, SUCESIÓN TESTADA

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados


El caso


Supuesto de hecho.
Barcelona, 19-01-2009
El supuesto de hecho se inicia el 19 de enero de 2009, fecha de defunción del Don Francisco. Estaba casado en régimen de sociedad de gananciales con Doña Antonia y tenía dos hijas Doña Ana y Doña Marta, mayores de edad.

Entre los bienes del matrimonio había un piso que constituía la vivienda habitual, una casa unifamiliar, numerosas cuentas bancarias, un vehículo, acciones de la sociedad X, acciones de la sociedad Y, y una cesión administrativa sobre el uso de una plaza de aparcamiento. Como deudas, dejó la cuota resultante del IRPF del ejercicio 2008 y los gastos de entierro y funeral. También dejó una serie de seguros de vida cuyas beneficiarias eran Doña Ana y Doña Marta.

Por otro lado, Don Francisco era propietario de 1/9 parte indivisa de un piso y de un solar en Madrid que había recibido por herencia de su hermana María.

En su testamento, Don Francisco otorgó a favor de su esposa un legado consistente en el usufructo de todos sus bienes, con capacidad de disponer libremente, y como herederas universales a sus dos hijas Doña Ana y Doña Marta.

Al llevar más de 40 años viviendo en Barcelona, se le aplica la vecindad civil catalana.


Objetivo. Cuestión planteada.
Los clientes son Doña Antonia y sus hijas Doña Ana y Doña Marta, y su objetivo es aceptar la herencia de su padre según lo estipulado en sus últimas voluntades. Doña Antonia, está interesada en adjudicarse las cuentas bancarias de las que era titular junto con su marido, y poder aplicarse el máximo de beneficios fiscales de manera que la aceptación de herencia sea lo menos gravosa posible.
Asimismo, Doña Antonia recibió por herencia de su madre, una cantidad de dinero que depósito en una cuenta corriente con titularidad conjunta de su marido, por lo que es de su interés que dicha cantidad de dinero (60.000€) no sea considerada de la sociedad ganancial.


La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado es la siguiente:
  • Por un lado, liquidará la sociedad ganancial distribuyendo equitativamente los bienes entre Doña Antonia y el caudal relicto de Don Francisco. De esta manera Doña Antonia se adjudicará directamente la totalidad de los saldos bancarios. Además, manifestará que en una cuenta corriente hay depositados 60.000€ privativos.
  • En cuanto a la vivienda habitual, la mitad indivisa se la adjudicará directamente Doña Antonia, y la otra mitad indivisa pasará a la herencia de Don Francisco, al objeto de que se pueda aplicar sobre la parte de vivienda habitual de Don Francisco, la reducción del 95%.
  • Por último, como el usufructo concedido a Doña Antonia, fue otorgado con plena capacidad de disponer, la ley obliga a tributar como si fuera plena propiedad, por lo que a Doña Ana y Doña Marta, se le deberá adjudicar una serie de bienes como pago a su legítima.
  • En cuanto a los seguros de vida, éstos se liquidaron anticipadamente a la aceptación de herencia, y se les aplicó el régimen transitorio de la Ley 29/87, al haberse contratado algunos seguros con anterioridad a 19 de enero de 1987.
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