Contra el patrimonio

Falta continuada de daños, falta de lesiones y delito de resistencia a la autoridad, con eximente incompleta por drogadicción y por trastorno de personalidad.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 21-06-2007
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Faltas / Contra el patrimonio
  • Número: 1945
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Daños, DROGADICCIÓN, EXIMENTE INCOMPLETA

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados


El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 05-04-2007
El 5 de abril de 2007, Dña. Ana accedió a un establecimiento hostelero de la ciudad de Madrid y, como molestaba a los clientes pidiéndoles tabaco, Dña. María, encargada del local, le llamó la atención, a lo que Dña. Ana reaccionó de forma violenta y lanzó un servilletero contra Dña. María, el cual impactó en su brazo. Asimismo, arrojó vasos y ceniceros al suelo del local.

Se personaron en el lugar agentes de la Policía Local, quienes al intentar sacar del establecimiento a Dña. Ana, fueron insultados por ella, a la vez que lanzaba patadas para evitar que la sacaran del establecimiento.

Durante su traslado a la Comisaría, Dña. Ana dio patadas a la mampara del interior del vehículo policial y le causó daños.

Dña. Ana padece un trastorno esquizotípico de personalidad y un abuso de cocaína, lo que afecta de forma importante a sus normales capacidades intelectivas y volitivas.



Objetivo. Cuestión planteada.
La clienta es Dña. Ana y su objetivo es obtener la absolución de los cargos o bien, subsidiariamente, la condena con aplicación de la eximente completa de drogadicción.


La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia principal del abogado se basa principalmente en probar que Dña. Ana tiene una enfermedad mental que la hace inimputable.

Subsidiariamente, tratará de demostrar que los hechos no pueden ser constitutivos de un delito de atentado, sino de un delito de resistencia.


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