Civil

Modificación de estancia por estudios a residencia por cuenta ajena inicial. Permiso de estancia por estudios. Modificación de estudiante a cuenta ajena inicial.


  • Materia: Derecho Internacional
  • Especialidad: / Derecho Internacional / Civil
  • Número: 12141
  • Tipo de caso: Consulta
  • Voces: El Derecho de extranjería. Rasgos generales y marco legal de la extranjería en España, Nacionalidad y extranjería, residencia temporal, Residencia y trabajo por cuenta ajena

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Descripción:
Documentación aportada por la clienta: -Copia de su pasaporte completo. -Certificado de empadronamiento histórico. -Tarjeta de estudiante. -Copia de la documentación que acredite poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión. -Certificado de antecedentes penales, legalizados y apostillados. -Certificado del Consulado que indique que no ha sido becada. Documentación aportada por la empresa: -Copia del NIF de la empresa y copia de la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente. -Copia del documento público que acredita que el firmante de la solicitud de autorización ostenta la representación legal de la empresa. -Copia del NIF o NIE o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia ó NIE del firmante de la solicitud. -Contrato de trabajo firmado, con un mínimo de 40 horas a la semana. -Acreditación de que la empresa puede garantizar la solvencia necesaria, a través de: copia de la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del informe de la vida laboral de la empresa (VILE), referido a los últimos tres años.

Documentos originales firmados por el cliente





Consulta


Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Ávila, 16-12-2020

Paula, estudiante de nacionalidad dominicana y se encontraba en territorio español hace más de 3 años, con un permiso de estancia por estudios. Al haber pasado más de 3 años en España podía modificar la residencia por cuenta ajena inicial. Teniendo en cuenta que contaba con una propuesta de empleo acorde a los estudios realizados en España.

El 16/12/2020 se presenta la solicitud de residencia por cuenta ajena inicial y la misma es resuelta por la Delegación de Gobierno de Ávila en un día, recibiendo resolución en fecha de 17/12/2020. 



Solución propuesta.

Argumentos:

Se le solicita una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena acogiendonos a la normativa básica de moficiación de estancia por estudios cuenta ajena. Esta normativa es la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (artículo 36 y 38 Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 199).

Se alegó a la Subdelegación de gobierno en Ávila, que el ciudadano extranjero había permanecido en España hace 3 años y había superado los estudios y que no había sido becado o subvencionado.

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